Canal de denuncias

En MALAGA HOME SALES, S.L. queremos desarrollar una actividad enmarcada dentro de la ética e integridad.

Como parte de nuestro compromiso con nuestros valores, hemos implementado un Sistema Interno de Información a través de este Canal de Denuncias como medio de comunicación seguro con el que podrás informar de cualquier actuación contraria a la ley, normativa interna y nuestros principios y valores.

El Canal de Denuncias está a disposición de cualquier persona, empleado, proveedor o cliente con los que mantengamos o hayamos mantenido una relación profesional, fomentando la comunicación ante la detección de conductas irregulares. 

          Presenta tu denuncia

Garantizamos la confidencialidad de todas las comunicaciones recibidas, habilitando la posibilidad de comunicar irregularidades de forma anónima en cumplimiento con lo establecido en la normativa vigente, y la prohibición de adopción de represalias contra los informantes de buena fe.

“Artículo 25. Información sobre los canales interno y externo de información.

Los sujetos comprendidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley proporcionarán la información adecuada de forma clara y fácilmente accesible, sobre el uso de todo canal interno de información que hayan implantado, así como sobre los principios esenciales del procedimiento de gestión. En caso de contar con una página web, dicha información deberá constar en la página de inicio, en una sección separada y fácilmente identificable.

De igual modo, las autoridades competentes a las que se refiere el artículo 24 publicarán, en una sección separada, fácilmente identificable y accesible de su sede electrónica, como mínimo, la información siguiente:

  1. a) las condiciones para poder acogerse a la protección en virtud de esta ley;
  2. b) los datos de contacto para los canales externos de información previstos en el título III, en particular, las direcciones electrónica y postal y los números de teléfono asociados a dichos canales, indicando si se graban las conversaciones telefónicas;
  3. c) los procedimientos de gestión, incluida la manera en que la autoridad competente puede solicitar al informante aclaraciones sobre la información comunicada o que proporcione información adicional, el plazo para dar respuesta al informante, en su caso, y el tipo y contenido de dicha respuesta;
  4. d) el régimen de confidencialidad aplicable a las comunicaciones y, en particular, la información sobre el tratamiento de los datos personales de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y en el título VII de esta ley.
  5. e) las vías de recurso y los procedimientos para la protección frente a represalias, y la disponibilidad de asesoramiento confidencial. En particular, se contemplarán las condiciones de exención de responsabilidad y de atenuación de la sanción a las que se refiere el artículo 40.
  6. f) los datos de contacto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. o de la autoridad u organismo competente de que se trate.”

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